Los pequeños agricultores ya pueden conocer on line los importes estimados que van a recibir.

El Ministerio ha comunicado a las CCAA los cálculos referidos a la primera versión de los nuevos derechos de pago básico de los beneficiarios que han entrado de oficio en el régimen de pequeños agricultores, su pertenencia a dicho régimen y la fecha máxima para su renuncia en esta campaña.

 

Los datos de importe estimado, podrán consultarse en la página Web del FEGA, el enlace es :

http://www.fega.es/PwfGcp/es/ayudas_dir_desa_rural/consulta_derechos_pago_basico/index.jsp

RÉGIMEN DE PEQUEÑOS AGRICULTORES

El régimen de pequeños agricultores es una de las novedades que presenta este nuevo periodo de la PAC, y presenta grandes ventajas para aquellos perceptores de ayudas que, en esta campaña 2015, vayan a recibir un importe de pago que no supere los 1.250 euros.

La participación en el régimen de Pequeños Agricultores supone una importante simplificación y facilita los trámites para cobrar las ayudas directas a sus beneficiarios, por los motivos siguientes:

–         Quedarán exentos de aplicar las prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente, percibiendo el pago correspondiente a este régimen.

–         No podrán ser sancionados en base a la aplicación de la condicionalidad.

–         No deberán cumplir con los requisitos para su determinación como agricultores activos, excepto en lo referente a estar inscritos en los registros (los que las autoridades competentes tengan dispuestos en base al artículo 6 del Reglamento 852/2004), en el momento de su solicitud.

–         No se les aplicarán las sanciones previstas por declaración incompleta de las superficies de todas las parcelas de la explotación en la solicitud única.

–         En sucesivas campañas a partir de 2015, su solicitud única consistirá únicamente en una confirmación anual para poder recibir dicho pago.

En el caso de los participantes en este régimen simplificado, se ha calculado un importe total de pagos que será el total a percibir para la campaña, y sustituirá a los que deban concederse de conformidad con el régimen de Pago Básico o mediante otras ayudas desacopladas y acopladas.

Este importe será el mismo siempre que el beneficiario permanezca adscrito al régimen de Pequeños Agricultores. El único requisito que se ha de cumplir, aparte de no sobrepasar los 1.250 euros de pagos directos percibidos, es que durante la participación en el régimen de Pequeños Agricultores se deberán mantener el número de hectáreas admisibles correspondiente al número de derechos activados en el año 2015, y éstos se considerarán derechos activados para todo el periodo de participación en dicho régimen.