Las transmisiones de derechos de pago único de la PAC junto con tierra no pagarán IVA.

El Ministerio de Hacienda ha elaborado un informe en el que indica que los agricultores que vendan o arrienden sus derechos de la PAC junto con el terreno correspondiente no tendrán que tributar por el IVA.

Hace un año la Agencia Tributaria inició actuaciones para la liquidación del IVA correspondiente a los ejercicios 2011, 2012 y 2013 tanto a los vendedores como a los arrendadores, que eran los que tenían la supuesta obligación de repercutir el IVA.

El problema radicaba en que en los contratos de arrendamiento y/o venta con tierras, Hacienda liquidaba el IVA de los derechos de pago único de la PAC, pero separándolo del propio contrato, lo cual supone un nuevo gravamen para la mayoría de los agricultores, al tener que pagar un 21% de IVA de los derechos por separado, cuando anteriormente se venía liquidando por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales un 0,40% en su tipo máximo.

Hacienda aclara que cuando la venta o arrendamiento de los derechos se produce junto a la venta o arrendamiento de los terrenos, el traspaso de los derechos se considera accesorio de la venta del terreno, beneficiándose de la exención del impuesto del IVA.